¿Puedo poner a mis hijos en mis acciones?

Solo los adultos pueden ser dueños. UHAB te recomienda hacer dos cosas al prepararte para comprar. Primero: haga un testamento inmediatamente. Puede regalar o dar sus acciones a quien sea que usted quiera. Si esa persona no es residente en su unidad, la junta podrá otorgar a esa persona un contrato de arrendamiento de propiedad–que le permite ocuparla–si el ingreso de esa persona es elegible. Segundo: Si usted tiene un hijo adulto, considere comprar juntos (aplican requerimientos de ingresos del hogar y residencia). Si tiene un hijo menor de edad en la unidad con usted, puede solicitar a la junta directiva agregarlo una vez éste cumpla la mayoría de edad.